• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUCIANO VARELA CASTRO
  • Nº Recurso: 2722/2009
  • Fecha: 18/06/2010
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia incurre en una falta de claridad nada escasa a la hora de justificar la condena. Sin la deseable diferenciación, relata componentes fácticos que, a la vista de la configuración típica que hemos dejado expuesta, produce confusión sobre si la razón de la condena fue: a) la absoluta inexistencia de consentimiento; b) la obtención de éste con prevalimiento de una situación de superioridad; c) el engaño. El error en la víctima que consiente no impide, como antes expusimos, la exclusión de la tipicidad del artículo 181. El único efecto que el legislador da al error es el de reconducir la tipicidad al delito del artículo 183 del Código Penal Pero en tal caso debe concurrir además la circunstancia de que la víctima no supere la edad de 16 años. No es el caso. Conforme al artículo 181.3 el consentimiento no excluye la tipicidad si se otorga en el marco de una situación de superioridad. En caso de prevalimiento, existe la voluntad de la víctima que acepta y se presta a acceder a las pretensiones del agente, pero lo hace con un consentimiento viciado, no fruto de su libre voluntad autodeterminada. La posibilidad de que se contengan en la fundamentación de la sentencia afirmaciones de carácter fáctico siempre ha sido de modo excepcional y nunca en perjuicio del acusado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
  • Nº Recurso: 123/2009
  • Fecha: 22/07/2009
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sentencia de instancia condenó al recurrente como autor de un delito de abusos sexuales sobre su hija menor de edad. El TS desestima el recurso. En el caso concreto se discute si es racional la afirmación contenida en la sentencia respecto al hecho de que el recurrente introdujo el pene en la boca de la menor, cuando ésta no podía ver lo que ocurría, y ni siquiera podía tocar los objetos con las manos, al encontrarse atada y con los ojos tapados. La Sala entiende que la conclusión del Tribunal de instancia es razonable, dadas las circunstancias en que se producen los hechos y lo declarado por la menor, sin que el recurrente haya aportado ninguna explicación alternativa a la contenida en la sentencia que pudiera considerarse suficientemente razonable. Y a ello se añade que la prueba pericial descarta que los aspectos sustanciales de la versión de la menor sean consecuencia de un relato aprendido o inducido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 1122/2004
  • Fecha: 23/01/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el presente caso de delito de abuso sexual continuado lo que se indica es que el Tribunal sentenciador aplica una pena inferior a la que la ley indica, no pudiendo ser modificada en casación por mor de la vigencia del principio procesal que prohíbe la "reformatio in peius".

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